El Poder Ejecutivo estableció mediante dos decretos de fecha 20/2/24 la devolución del IVA para sectores productivos.
En ambos casos el beneficio aplica a partir del 1º de marzo y tendrá vigencia de un año. Por un lado, se otorga a productores de ganado bovino y ovino que no tributen el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) por su actividad, la devolución del IVA incluido en sus compras de gasoil para su labor.
Por otra parte, se otorga el beneficio, en las mismas condiciones, a productores de leche, de arroz, de flores, frutas, y hortalizas, y a apicultores.
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